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Facilitan trámite de matrimonio en Honduras

  • Actualizado: 22 agosto 2011 /

El requisito que se elimina es la publicación de edictos legales.

    Contraer matrimonio civil en poco tiempo será más fácil. Las parejas que deseen casarse se podrán olvidar de algunos procedimientos engorrosos.

    El requisito que vuelve más difícil dicho trámite -es decir, la publicación de edictos legales- será eliminado, según un proyecto de decreto del Congreso Nacional.

    Este proceso tiene la finalidad de dar a conocer al público que en determinada fecha se celebrará el matrimonio correspondiente, como lo designó la autoridad competente.

    La publicación se hace para que cualquier persona pueda presentar algún impedimento u oposición en el día y la hora fijados.

    El diputado Miguel Fernando Ruiz Rápalo ha presentado el proyecto de ley consistente en derogar el numeral 6 del artículo número 39 del Código de Familia vigente en Honduras.

    Pero resulta que la misma ley establece la excepción a la norma, ya que la publicación de estos edictos puede dispensarse después del pago de diez lempiras en recibos de Tesorería General de la República y resolución de la Secretaría de Interior y Población.

    Nadie lo utilizaba

    El espíritu del proyectista sería precisamente derogar el numeral 6 del artículo 39 porque la publicación de edictos legales ha entrado en desuso en Honduras.

    La mayoría de personas que contraen matrimonio solicitan la dispensa de mérito, lo que igualmente hace más engorroso el trámite y sustanciación del matrimonio.

    Dentro del país debe enviarse un telegrama que muchas veces tarda hasta 15 días en retornar o viajar a la ciudad capital a solicitarlo directamente.

    Con esta reforma, el funcionario competente sólo exigirá como requisitos los documentos de identificación personal, en los que se acredite la capacidad legal y la libertad de estado de los contrayentes.

    Se incluyen el documento que demuestre haberse otorgado el consentimiento cuando se trate de menores de edad; la certificación extendida por el encargado del Registro Civil en que conste la declaración de nulidad o la disolución del matrimonio anterior de uno o de ambos cónyuges; y dos o más testigos idóneos que declaren que los contrayentes tienen la aptitud legal para contraer matrimonio.

    Los parientes son hábiles para testificar en esta materia.

    El mes de la familia

    Agosto es el mes de la familia y esa fecha se promueve en las municipalidades con la celebración de matrimonios civiles gratis.
    Debido a ello, este mes aumenta el número de parejas interesadas en contraer matrimonio.

    En las alcaldías, las bodas civiles por lo general se llevan a cabo los viernes de cada semana.

    Este mes, los matrimonios aumentan hasta el doble, comparado con otros meses del año.