Tegucigalpa. Honduras firmó el tratado de la Organización de Aviación Civil Internacional (Oaci), pero no la reforma que restringe el derribo de aviones, por lo que puede hacer interdicción de aeronaves como lo estipula la Ley de Protección de Espacios Aéreos.
El acuerdo, conocido como Convenio de Chicago, fue firmado el 7 de diciembre de 1947 y entró en vigor el 6 de junio de 1953.
La redacción inicial de esta legislación internacional no veta la posibilidad de que un Estado use recursos para el derribo de aviones civiles.
No obstante, en 1983 se firmó el “Protocolo relativo a una enmienda al Convenio de Aviación Civil Internacional”, firmado en Montreal, Canadá, el 10 de mayo de 1984, por medio del cual se introdujo un nuevo artículo, el 3º bis, que limita la posibilidad de destruir un avión civil. Pero el Estado de Honduras no lo ratificó, razón por la cual no está obligado a cumplirlo. El ministro de Defensa, Marlon Pascual, expresó su preocupación por la posibilidad de que Estados Unidos quite la ayuda del radar antidrogas si se aplica esta “ley de derribo”. Existe un acuerdo entre Honduras y Estados Unidos que establece que no se podrá usar información de radares estadounidenses para detectar aviones que posteriormente sean derribados por las autoridades nacionales.
En ese sentido, para que Honduras ponga en funcionamiento la norma, forzosamente tendrá que hacer uso de sus propios radares especiales y actualmente se encuentra en un proceso de adquisición de tres modelos valorados en 25 millones de dólares.
Informes del Departamento de Estado indican que el 80% de la droga que se produce en América del Sur y va a Estados Unidos pasa por Honduras.