La Secretaría de Relaciones Exteriores dio a conocer el informe oficial de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional producto de una investigación realizada en respuesta a denuncias interpuestas luego de la crisis política de 2009.
El informe concluye que en Honduras no se cometieron crímenes de lesa humanidad, según sentenció la Corte Penal Internacional. El informe se refiere a la crisis política creada por el entonces presidente de Honduras, Manuel Zelaya Rosales, y que estalló el 28 de junio de 2009.
La Cancillería expone el informe que contiene una evaluación jurídica de las denuncias presentadas por diferentes ONG de defensa de los derechos humanos sobre supuestos crímenes de lesa humanidad cometidos en Honduras.
Informe textual
A continuación se reproduce el contenido textual del informe que remitió Cancillería.
“1. Después de un análisis cuidadoso de los hechos, se ha concluido que no existe una base razonable para creer que los actos atribuidos a las autoridades hondureñas en ese corto período de tiempo constituyen crímenes de lesa humanidad.
2. En lo referente a la denuncia de violación masiva de los derechos humanos supuestamente originados en los hechos del 28 de junio de 2009, la Fiscalía admite que aunque hubo restricciones a las libertades de movimiento, expresión y asociación y un gran número de detenciones breves, estas restricciones aun si fueran combinadas con el número reducido de actos más graves, no se puede argumentar que hayan constituido un ataque masivo dirigido contra los opositores al régimen de ese momento.
3. Sobre la denuncia de un ataque sistemático proveniente del Gobierno contra la oposición, la Fiscalía concluye que la mayor parte de los actos de violencia ocurrieron en el contexto de demostraciones públicas y no como parte de un patrón de conducta consistente y organizado del Gobierno contra los oponentes al régimen, por lo cual también resulta difícil caracterizar tales actos como un ataque sistemático dirigido contra la población hondureña.
4. Ante la ausencia de actos constitutivos de un ataque masivo y sistemático contra la población hondureña, la Fiscalía ha descartado también que los decretos aprobados restringiendo las libertades de movimiento, expresión y asociación o el establecimiento de un gabinete de manejo de la crisis, constituyeran una política de gobierno destinada a reprimir a la oposición al régimen. Igualmente, que las acciones desarrolladas para mantener el control del país no se puede considerar que fueron parte de una política preconcebida dirigida contra la oposición al régimen.
5. En lo referente a los alegatos de persecución, la Fiscalía ha dicho en su informe que los mismos no alcanzan el nivel requerido por el Estatuto de Roma y, por consiguiente, no existe una base razonable para determinar que hubo tal persecución durante ese período de crisis, ni con posterioridad a la misma.
6. La Secretaría de Relaciones Exteriores deja constancia que desde 2010 ha contribuido con la Fiscalía de la Corte Penal Internacional, en información relativa a los actos denunciados, los cuales ha rechazado enfáticamente por no configurar crímenes de lesa humanidad”.
La corte
1Tiene personalidad jurídica internacional. La misión es juzgar personas acusadas de cometer crímenes de genocidio y de guerra.
2El informe refiere al estado de los exámenes preliminares correspondiente al año 2013.
Además Fue publicado y distribuido a los Estados partes en el Estatuto de Roma.
Entérese Las presentaron organismos no gubernamentales afines al Frente Nacional de Resistencia.