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Declaran 'liquidación forzosa' de Banco Continental

  • 10 octubre 2015 /

El presidente de Grupo Continental, Jaime Rosenthal Oliva, emite comunicado en el que propone una liquidación voluntaria.

Tegucigalpa, Honduras

La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) de Honduras declaró la liquidación forzosa de Banco Continental el pasado 9 de octubre, luego de conocerse la designación de tres miembros de la familia Rosenthal en el lavado de activos por parte del Gobierno de Estados Unidos, según trascendió hoy.

La decisión del órgano regulador del sistema financiero hondureño se tomó en base a la resolución SB-1034/09-10-2015, tras la inclusión de esta institución financiera en la lista de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC).

Frente a esta resolución, Grupo Continental emitió la noche de sábado un comunicado en donde reveló que han procedido a impugnar esta resolución por la vía de la reposición, bajo el argumento que tal decisión tendría un impacto negativo en la economía nacional, en las empresas relacionadas con el grupo y en unas 11 mil personas que laboran en las mismas.

Los Rosenthal han propuesto que se declare una 'liquidación voluntaria' y aportar un capital adicional de 100 millones de lempiras para evitar dicho perjuicio económico.

Esta noche, los miembros de la CNBS se mantienen reunidos de urgencia para analizar la propuesta y tomar una decisión en el sentido de si la aceptan o dejan en firme la resolución del pasado 9 de octubre.

A continuación el comunicado textual emitido por el Grupo Continental:

COMUNICADO
DEL BANCO CONTINENTAL, S.A.

En cumplimiento de nuestra responsabilidad con nuestros depositantes, clientes, proveedores de servicios, empleados y la sociedad hondureña en general, Banco Continental, S. A. hace del conocimiento público que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), mediante Resolución SB-1034/09-10-2015, de fecha 9 de octubre de 2015, declaró la “liquidación forzosa de Banco Continental, S.A”, a consecuencia de la injusta inclusión de esta institución financiera en la lista de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, siglas en inglés) “referente a personas vinculadas al lavado de activos”, señalamiento que definitivamente no responde a la verdad.

Ante esta determinación de la CNBS que impacta negativamente la economía nacional por sus efectos en el normal desenvolvimiento de las empresas relacionadas, generadoras de 11 mil empleos directos y más de 25 mil empleos indirectos, así como en el acceso expedito a los recursos de los ahorrantes, Banco Continental, S. A. ha propuesto a la CNBS una solución legal, justa y razonable, de beneficio para nuestro país, que consiste en lo siguiente:

1. En virtud de que una de las causales expuestas por la CNBS para declarar la liquidación forzosa reside en que el índice de adecuación de capital de la institución es de 5,20%, inferior al 6,0% requerido por la Ley del Sistema Financiero, Banco Continental, S.A. satisfaría de inmediato ese requisito con la aportación de 100 millones de lempiras de patrimonio adicional.

2. En vista de la prohibición a los demás bancos de hacer negocios con nosotros, lo cual hace imposible operar a Banco Continental, S. A., y, además, implica el cierre de operaciones de VISA, Master Card y Wester Union, estamos en la mejor disposición de aceptar una liquidación voluntaria del Banco, en conformidad con lo establecido en el Título 2, Capítulo 3, Sección 4 de la Ley del Sistema Financiero.

3. Con la aceptación de la liquidación voluntaria, el Consejo de Administración renunciaría y la CNBS se haría cargo de la administración, incluso con facultades para vender los activos y pasivos del Banco, lo cual garantizaría a los adquirentes de estos bienes la seguridad de dichas ventas realizadas directamente por la CBNS.
Los beneficios y ventajas de esta propuesta de solución, apegada a la ley y al interés económico y social, son de indudable conveniencia para el adecuado funcionamiento del sistema financiero que se impone salvaguardar, y que a continuación indicamos:

1. Con la liquidación forzosa del Banco, se impide al Grupo Continental el pago de los sueldos y salarios de la plantilla de sus 11 mil empleados, a partir del próximo jueves, ya que todos los depósitos de nuestras empresas los tiene Banco Continental, S. A., situación que no se presentaría con la liquidación voluntaria que permitiría la regularidad de estos pagos.

2. Con la liquidación forzosa, a las empresas que nos dan servicios de seguridad, transporte, limpieza, instalación de cable, distribución de productos, etcétera, no podría pagárseles a causa del congelamiento de sus bienes. En consecuencia, sus miles de empleados tampoco recibirían el pago de sus sueldos y salarios. Esto redundaría en rotundo golpe a la economía de Honduras y de San Pedro Sula, en particular. La liquidación voluntaria evitaría tan grave repercusión.

3. Asimismo, con la liquidación voluntaria se evita el cierre de los medios de comunicación social, Diario TIEMPO y Canal 11, que, de producirse por efecto de una liquidación forzosa, se asumiría públicamente como un propósito de cierre indirecto de estos medios, de atentado a la libertad de expresión, con el pertinente daño nacional e internacional a la imagen del gobierno.

En vista de lo expuesto de la manera más objetiva, racional, y fundada en los derechos humanos y el interés nacional, Banco Continental, S. A. ha solicitado a la CNBS la reposición de su Resolución SB 1034/09-10-2015, confiando en que nuestra propuesta de liquidación voluntaria sea considerada y aprobada, precisamente para evitar una crisis financiera con impacto impredecible para la estabilidad del país.

San Pedro Sula, 10 de octubre de 2015.

JAIME ROSENTHAL OLIVA Y FAMILIA