07/09/2024
08:22 AM

Prestaciones acumuladas se entregarán de inmediato a empleados

Los fondos ahorrados en el RAP durante años de servicio también serán entregados.

San Pedro Sula, Honduras.

Con la entrada en vigor de la nueva Ley Marco de Protección Social, los trabajadores que sean despedidos de sus trabajos recibirán de inmediato el capital y los intereses adquiridos en la reserva laboral o anticipo de prestaciones que serán depositados por su empleador en una cuenta a nombre del trabajador.

Es obligación del patrono, de acuerdo con la nueva ley, depositar en cantidades del 4% mensual, el 50% de las prestaciones laborales.

Cabe aclarar que durante los primeros 18 meses, el RAP será el único receptor de estos fondos hasta que se cree y apruebe la nueva ley que regulará a las administradoras de fondos de pensiones y cesantías, explicó Carlos Madero, ministro de la Secretaría de Trabajo.

Añadió que la ley no es retroactiva y los trabajadores con antigüedad laboral solo podrán acumular en la cuenta lo depositado a partir del próximo 4 de septiembre, fecha en que entra en vigor la nueva ley, y hasta el día que termine su relación laboral.

“Si un empleado que ya está trabajando acumula el 20% en la reserva laboral, el 80% restante lo pagará directamente el patrono”, explicó.

Madero calificó la ley “como una conquista laboral”, ya que actualmente más del 50% de los casos de pleitos de prestaciones que se atienden en la Secretaría solo logran el pago del 30% de las prestaciones.

“El dinero que tenga el trabajador en la AFP no podrá ser tocado por el patrono, independientemente de la causa por la que termine la relación laboral”, declaró Madero.

En caso de despido, el proceso será simple: el trabajador deberá presentar la constancia que refrende el fin de la relación laboral a la institución financiera donde tenga su cuenta de reserva laboral y retirar sus fondos.

Ahorros en el RAP

Una de las mayores preocupaciones de los trabajadores es saber qué pasará con los ahorros acumulados durante los años de trabajo en el RAP.

Sobre ese punto, la ley es clara: “Los fondos propiedad de los trabajadores producto de las contribuciones patronales e individuales, más sus respectivos intereses, aportados y cotizados respectivamente al RAP antes de la entrada en vigor de la presente ley, deben ser efectuados en dicha institución a favor de cada empleado, según corresponda a su cuenta individual de capitalización”, reza el artículo 53 sobre las contribuciones anteriores al Régimen de Aportaciones Privadas (RAP).

José Luis Baquedano, representante obrero ante la junta directiva del RAP, explicó que estos fondos podrán ser retirados una vez que el empleado rescinda su contrato de trabajo.

La entrega del ahorro se regirá por la actual ley del banco de segundo piso RAP. German Leitzelar, miembro de la comisión interventora del Instituto Hondureño de Seguridad Social, subrayó que entre las conquistas de la nueva ley está el alargue del período de cobertura de los hijos de los afiliados que podrán ser atendidos hasta los 18 años y, en caso de enfermedades crónicas, el servicio será indefinido.