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Sentencia condena al Estado a pagar L126 millones

  • 04 diciembre 2014 /

La magistrada María Elena Cardona dijo que ante la ausencia de más de dos propietarios no pudo sesionar la Sala.

Tegucigalpa, Honduras

El Estado de Honduras es obligado a pagar una millonaria demanda tras una polémica sentencia de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

El caso se remonta a 2010 cuando la empresa denominada Pharmasula, S. A de C.V, se quejó por un incumplimiento de pago de una deuda que adquirió la Secretaría de Salud.

Dos años más tarde se resolvió el pago de la demanda que interpuso en contra de la Secretaría por 61.5 millones de lempiras. Al final se condenó al Estado al pago de la suma reclamada, que más los intereses ascendió a L126 millones.

La sentencia fue dictada el 19 de junio por la Corte Primera de Apelaciones de lo Civil de Francisco Morazán y confirmada por la Sala de lo Constitucional el 25 de noviembre.

La confirmación de la sentencia se hizo al integrarse a otros magistrados que no forman parte de la Sala Constitucional, que está conformada por los magistrados Silvia Trinidad Santos, Elmer Lizardo, German Vicente García, Víctor Manuel Lozano y Lidia Estela Cardona.

Se aprovechó la ausencia de los tres últimos, que se encontraban fuera del país en una actividad jurídica, para incorporar a otros magistrados.

En su calidad de presidenta de la Sala, Santos convocó al presidente y vicepresidente de la Corte, Jorge Rivera Avilés y José Tomas Arita Valle; así como a Reina Sagrario Solórzano.

Esta se venía desempeñando como magistrada de la Corte de Apelaciones, pero fue incorporada al pleno ante la ausencia por enfermedad de Jorge Reyes Díaz.

Desde la pasada gestión de la Corte hubo un acuerdo consistente en que ante la ausencia de dos magistrados propietarios de una sala no se puede convocar a un pleno para dictar resoluciones, salvo casos urgentes, así lo afirmó la magistrada Lidia Estela Cardona, en declaraciones a la radioemisora HRN.

Afirmó que no participaron en esa sesión y desconocen qué sentencia se emitió, solo lo que trascendió en medios de comunicación. “Habíamos dejado en suspenso este caso porque estimábamos que ameritaba más estudio. Había algunos aspectos que no estaban muy claros”, dijo.

Lo que se pretendía era emitir una resolución apegada a derecho.

“Yo estuve en la Corte anterior y recuerdo que si faltaban dos magistrados de una Sala no había sesión, en este caso faltaron tres. Cuando a mí me dijeron que la Sala Constitucional sesionó yo dije ‘no es posible’, porque estábamos tres propietarios fuera”, manifestó.

“No conozco la agenda que se desarrolló, no quisiera prejuzgar, no quiero decir está bien o está mal lo que resolvieron”, agregó. Sí remarcó que “no era prudente” conocer este caso en esa sesión.

La magistrada María Elena Cardona.

La magistrada María Elena Cardona

Firma

La magistrada Cardona se vio obligada a llamar a la radioemisora para aclarar que no firmó esa resolución.

En la cédula de notificación aparecen los nombres de seis magistrados, incluida Cardona, cuando la Sala solamente está conformada por cinco.

Cardona dijo que no pudo consignarse su firma porque se encontraba fuera del país.

Fuentes confiaron que Cardona pidió el expediente y constató que hubo un error al incluirse su nombre, pero al revisar en el expediente la resolución no aparece su firma, sí la de los cinco magistrados.