Los que pretendan cambiar los artículos pétreos de la Constitución de República de Honduras deben ser acusados como 'traidores de la patria' y 'cesados de sus cargos' manifiestan los miembros de la Asamblea Constituyente de 1982.
Los redactores de la actual Constitución se reunieron hoy en Tegucigalpa para ofrecer una conferencia de prensa en donde emitieron un pronunciamiento en donde apoyaron las acciones de las organizaciones en Defensa de la Carta Magna realizada por el Comisionado de los Derechos Humanos y el Ministerio Público.
La diputada de la Asamblea Constituyente del 82, Irma Costa de Fortín, reflexionó sobre la convocatoria del Ejecutivo para una nueva Asamblea Constituyente que pretende 'cambiar el régimen' de Gobierno. '¿Sabe el pueblo hondureño que al reformar estos artículos (pétreos) puede perder sus conquistas sociales? (...) No se puede hacer ni plebiscito ni consultas para cambiar el artículo 374 de la Constitución'.
ARTICULO 374.- No podrán reformarse, en ningún caso, el artículo anterior, el presente artículo, los artículos constitucionales que se refieren a la forma de gobierno, al territorio nacional, al período presidencial, a la prohibición para ser nuevamente Presidente de la República, el ciudadano que lo haya desempeñado bajo cualquier título y el referente a quienes no pueden ser Presidentes de la República por el periodo subsiguiente .
Costa de Fortín afirmó que se puede reformar los artículos en un Congreso Nacional sin necesidad de llamar a una Asamblea Constituyente. 'A menos que se quiera dar un golpe de Estado y se quieran cambiar los artículos pétreos'.
ARTICULO 373..- La reforma de esta Constitución podrá decretarse por el Congreso Nacional, en sesiones ordinarias, con dos tercios de votos de la totalidad de sus miembros. El decreto señalará al efecto el artículo o artículos que hayan de reformarse, debiendo ratificarse por la subsiguiente legislatura ordinaria: por igual número de votos, para que entre en vigencia.
'Artículos pétreos son la piedra angular'
Los diputados se pronunciaron en Tegucigalpa sobre la propuesta del Ejecutivo de derogar la Carta Magna señalan que la Constitución puede ser reformada a excepción de los artículos pétreos por dos terceras partes del Congreso Nacional ( 85 diputados) en dos períodos legislativos.
'La convocatoria a una Asamblea Constituyente o Constitucional son violatorias a la Constitución. La propia Constitución establece que es inderogable por tanto es ilegal proponer una nueva'.
Los constiyentes afirmaron que ni el Congreso Nacional ni una Asamblea Constituyente pueden reformar. 'Los artículos pétreos son la piedra angular del sistema democrático que se constituimos y sin ellos el sistema se derrumbará'.
El pronunciamiento señala que ni un plebiscito o referéndum puede reformar los artículos pétreos y que se cometerían 'delito de traición a la patria' quienes pretendan hacerlo bajo 'cualquier procedimiento'.
'Los responsables de cualquier violación deberán ser cesados en sus cargos, perder sus derechos políticos y el Congreso Nacional podrá incautar sus bienes (...)', pronunciaron.
También los diputados calificaron a las organizaciones civiles que apoyen violación a la Constitución como 'traidores a la patria' y propusieron al CN quitarle su personalidad jurídica.