Tegucigalpa, Honduras.
La Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos aún no ha sido publicada en el diario oficial La Gaceta porque permanece en el Poder Ejecutivo, en donde debe ser sancionada.
Esta normativa busca que recursos provenientes de actos ilícitos no formen parte de las campañas electorales.
Tomás Zambrano, prosecretario del Congreso Nacional, indicó que la ley no se aplicará en el proceso electoral primario, sino hasta las votaciones generales.
No obstante, la ley ya sufrió una modificación la semana pasada en el artículo 83 numeral 3, al cual se le quitaron dos términos: concesiones y juegos de azar. “Esto porque a veces en los medios de comunicación se concesionan algunas pautas publicitarias que hacen los partidos, y en el caso de juegos de azar hay algunos legales que tienen la facultad de poder apoyar algún partido”, explicó.
Jacobo Domínguez, miembro de la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (Maccih), instó a que la Unidad Técnica de Fiscalización, establecida en la ley, no sea politizada.
“Es una legítima aspiración de los hondureños, no solo de la Maccih, reconstruir la institucionalidad, y eso pasa por tomar conciencia de algunas debilidades.
La parte relacionada con la unidad debe tener la mayor neutralidad posible”.
Añadió que una vez entre en vigencia la ley, el Congreso está obligado a elegir a los miembros de la unidad técnica.
Techos
De acuerdo con la ley, el financiamiento privado en el caso de las personas naturales se establece un techo equivalente a 200 salarios mínimos, y para las personas jurídicas, el equivalente a mil salarios mínimos, y se menciona un límite de 396 millones de lempiras para la campaña presidencial.
Asimismo, se establece que el monto del financiamiento será el equivalente al 10% de la deuda política que cada partido político con representación en el Congreso hubiese obtenido en las últimas elecciones generales, así como el 2% del total de los votos válidos, tomando como base el nivel electivo de mayor votación en las elecciones generales.
La deuda política será fijada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) de conformidad al artículo 82 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas. La ley de financiamiento a campañas fue aprobada el 20 de octubre.
La Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos aún no ha sido publicada en el diario oficial La Gaceta porque permanece en el Poder Ejecutivo, en donde debe ser sancionada.
Esta normativa busca que recursos provenientes de actos ilícitos no formen parte de las campañas electorales.
Tomás Zambrano, prosecretario del Congreso Nacional, indicó que la ley no se aplicará en el proceso electoral primario, sino hasta las votaciones generales.
No obstante, la ley ya sufrió una modificación la semana pasada en el artículo 83 numeral 3, al cual se le quitaron dos términos: concesiones y juegos de azar. “Esto porque a veces en los medios de comunicación se concesionan algunas pautas publicitarias que hacen los partidos, y en el caso de juegos de azar hay algunos legales que tienen la facultad de poder apoyar algún partido”, explicó.
Jacobo Domínguez, miembro de la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (Maccih), instó a que la Unidad Técnica de Fiscalización, establecida en la ley, no sea politizada.
“Es una legítima aspiración de los hondureños, no solo de la Maccih, reconstruir la institucionalidad, y eso pasa por tomar conciencia de algunas debilidades.
La parte relacionada con la unidad debe tener la mayor neutralidad posible”.
Añadió que una vez entre en vigencia la ley, el Congreso está obligado a elegir a los miembros de la unidad técnica.
Techos
De acuerdo con la ley, el financiamiento privado en el caso de las personas naturales se establece un techo equivalente a 200 salarios mínimos, y para las personas jurídicas, el equivalente a mil salarios mínimos, y se menciona un límite de 396 millones de lempiras para la campaña presidencial.
Asimismo, se establece que el monto del financiamiento será el equivalente al 10% de la deuda política que cada partido político con representación en el Congreso hubiese obtenido en las últimas elecciones generales, así como el 2% del total de los votos válidos, tomando como base el nivel electivo de mayor votación en las elecciones generales.
La deuda política será fijada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) de conformidad al artículo 82 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas. La ley de financiamiento a campañas fue aprobada el 20 de octubre.