Tegucigalpa, Honduras.
Las cuentas bancarias de los hondureños siguen protegidas por el secreto bancario y las leyes del país.
Así lo confirma el nuevo Código Tributario, aprobado por el Congreso Nacional y vigente desde el primero de enero anterior.
La directora del Servicio de Administración de Rentas (SAR), Miriam Guzmán, asegura que el nuevo Código terminó con el secreto bancario, pero el documento en la Secretaría del Congreso Nacional dice lo contrario.
El artículo 72 en forma específica señala que es obligatorio el suministro de información a Finanzas, la SAR y aún la autoridad aduanera, “salvo aquellos datos, información y documentación protegida por la ley y este Código”.
El inciso cuatro es más claro: “Cuando se trate de requerimientos individualizados relativos a los movimientos de cuentas corrientes, depósitos de ahorro y a plazo, préstamos y créditos, y demás operaciones activas y pasivas, a cargo de los bancos y sociedades financieras, cajas de ahorro, cooperativas de crédito y cuantas personas naturales o jurídicas, y demás entidades sin personalidad jurídica, que realicen operaciones crediticias, estos se deben efectuar por conducto de las entidades reguladoras principales”.
Incluso estos requerimiento, señala el Congreso, deben ser “individualizados, deben detallar los datos identificativos del cheque u orden de pago de que se trate, o bien, las operaciones objeto de investigación, los obligados tributarios afectados y el período de tiempo a que se refieren”.
En resumen, señala el economista Salvador Melgar, se mantiene el principio de respeto a la confidencialidad de los clientes financieros y solo por orden judicial y de manera individual se puede romper esa confidencialidad.
“El secreto bancario es un principio bancario mundial y, aunque se ha reducido en los últimos años, ha sido por transparencia, investigaciones y lucha contra el lavado de activos y el crimen, y eso se mantiene”, explica Melgar.
Honduras es firmante de acuerdos con Estados Unidos, entre ellos la Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras (FATCA), que permitió la entrega de información de cuentas bancarias e incluso la liquidación de un banco.
“La ley se debe cumplir y por el momento eso no se ha derogado”, reiteró el economista.
Siglos de secretividad
La historia del secreto bancario empieza en 1713, incluso antes de que Suiza existiera como país, cuando las regulaciones de la ciudad de Ginebra prohibieron a los banqueros (que ya atesoraban grandes riquezas de la nobleza europea) a revelar la identidad de sus clientes. La neutralidad suiza, declarada en el Congreso de Viena de 1815, allanó el camino para atraer capitales externos.
Armando Urtecho, asesor del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), sostiene que
el secreto bancario es la base de economías mundiales como Suiza, Estados Unidos, Japón y otras potencias.
“Siempre hay mecanismos para investigar y la ley los establece. Los funcionarios públicos y financieros deben respetar la ley, sino pueden ser juzgados”, apuntó.
En efecto, el artículo 73 del Código Tributario advierte la “obligación de reserva” para las autoridades tributarias en el “procesamiento de información tributaria o aduanera; gestiones de cobro o percepción de tributos. La violación de lo prescrito en esta norma debe ser sancionada de conformidad con lo dispuesto en el Código Penal”.
También la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) aplica la Ley de Instituciones Financieras, que en su artículo 29 establece sanciones para los directivos y funcionarios de entes financieros en el manejo de la información de los clientes.
Los burócratas, sin secreto
Sin embargo, existe un buen número de cuentas bancarias que no están protegidas totalmente por el secreto bancario. Se trata de los empleados públicos, cuyas cuentas pueden ser vistas por el Tribunal Superior de Cuentas (TSC), pero no por la autoridad tributaria. La normativa No. 017/20-16, aprobada por la CNBS, obliga a los entes financieros a brindar información al TSC de los funcionarios públicos, incluidas las de la Presidencia, Congreso y Corte Suprema de Justicia.
Actualmente, hay más de 200,000 empleados públicos activos, según cifras de Finanzas, que están abiertos a posibles investigaciones por enriquecimiento ilícito y se incluyen las cuentas de estos que estén ligadas con empresas.
La Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (Ahiba) no respondió sobre consultas de D&N sobre el secreto bancario, pero algunos banqueros sostienen que cumplirán con las disposiciones de la CNBS.
Las cuentas bancarias de los hondureños siguen protegidas por el secreto bancario y las leyes del país.
Así lo confirma el nuevo Código Tributario, aprobado por el Congreso Nacional y vigente desde el primero de enero anterior.
La directora del Servicio de Administración de Rentas (SAR), Miriam Guzmán, asegura que el nuevo Código terminó con el secreto bancario, pero el documento en la Secretaría del Congreso Nacional dice lo contrario.
El artículo 72 en forma específica señala que es obligatorio el suministro de información a Finanzas, la SAR y aún la autoridad aduanera, “salvo aquellos datos, información y documentación protegida por la ley y este Código”.
El inciso cuatro es más claro: “Cuando se trate de requerimientos individualizados relativos a los movimientos de cuentas corrientes, depósitos de ahorro y a plazo, préstamos y créditos, y demás operaciones activas y pasivas, a cargo de los bancos y sociedades financieras, cajas de ahorro, cooperativas de crédito y cuantas personas naturales o jurídicas, y demás entidades sin personalidad jurídica, que realicen operaciones crediticias, estos se deben efectuar por conducto de las entidades reguladoras principales”.
CNBS . No. 017/20-16. El sistema financiero proporcionará información requerida por el TSC sobre cuentas “sujetas de investigación por enriquecimiento ilícito”.
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En resumen, señala el economista Salvador Melgar, se mantiene el principio de respeto a la confidencialidad de los clientes financieros y solo por orden judicial y de manera individual se puede romper esa confidencialidad.
“El secreto bancario es un principio bancario mundial y, aunque se ha reducido en los últimos años, ha sido por transparencia, investigaciones y lucha contra el lavado de activos y el crimen, y eso se mantiene”, explica Melgar.
Honduras es firmante de acuerdos con Estados Unidos, entre ellos la Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras (FATCA), que permitió la entrega de información de cuentas bancarias e incluso la liquidación de un banco.
“La ley se debe cumplir y por el momento eso no se ha derogado”, reiteró el economista.
En el presente año se aplican varias medidas de control monetario, incluyendo la supervisión de transacciones financieras por 4,000 dólares.
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La historia del secreto bancario empieza en 1713, incluso antes de que Suiza existiera como país, cuando las regulaciones de la ciudad de Ginebra prohibieron a los banqueros (que ya atesoraban grandes riquezas de la nobleza europea) a revelar la identidad de sus clientes. La neutralidad suiza, declarada en el Congreso de Viena de 1815, allanó el camino para atraer capitales externos.
Sépalo
El 95% de la cuentas bancarias son menores a 100,000 lempiras
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“Siempre hay mecanismos para investigar y la ley los establece. Los funcionarios públicos y financieros deben respetar la ley, sino pueden ser juzgados”, apuntó.
En efecto, el artículo 73 del Código Tributario advierte la “obligación de reserva” para las autoridades tributarias en el “procesamiento de información tributaria o aduanera; gestiones de cobro o percepción de tributos. La violación de lo prescrito en esta norma debe ser sancionada de conformidad con lo dispuesto en el Código Penal”.
También la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) aplica la Ley de Instituciones Financieras, que en su artículo 29 establece sanciones para los directivos y funcionarios de entes financieros en el manejo de la información de los clientes.
Supervisión
La CNBS supervisa a unas 157 instituciones financieras en el país
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Sin embargo, existe un buen número de cuentas bancarias que no están protegidas totalmente por el secreto bancario. Se trata de los empleados públicos, cuyas cuentas pueden ser vistas por el Tribunal Superior de Cuentas (TSC), pero no por la autoridad tributaria. La normativa No. 017/20-16, aprobada por la CNBS, obliga a los entes financieros a brindar información al TSC de los funcionarios públicos, incluidas las de la Presidencia, Congreso y Corte Suprema de Justicia.
Actualmente, hay más de 200,000 empleados públicos activos, según cifras de Finanzas, que están abiertos a posibles investigaciones por enriquecimiento ilícito y se incluyen las cuentas de estos que estén ligadas con empresas.
La Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (Ahiba) no respondió sobre consultas de D&N sobre el secreto bancario, pero algunos banqueros sostienen que cumplirán con las disposiciones de la CNBS.