San Pedro Sula, Honduras.
La ampliación de uno a cuatro años de la vigencia de la fianza o garantía aduanera que exige la Dirección Ejecutiva de ingresos (DEI) a los agentes operativos ha causado discrepancias entre ambos sectores.
El desacato a la nueva disposición del fisco hondureño ha provocado el bloqueo de operación a 23 agentes aduaneros en el Sistema Automatizado de Rentas Aduaneras de Honduras (Sarah) y puede afectar a otros que tienen la garantía a punto de vencer, advirtió José Raúl López, presidente de la Federación Nacional de Agentes Aduanales de Honduras (Fenaduanah).
Según las autoridades de la DEI, la medida se da para que las agencias cooperen con la recaudación de tributos.
Hay contenedores a los que les dan aprobación inmediata, es decir, que salen en canal verde. Si es así, ninguna autoridad aduanera hace registro ni interviene. Solo le corresponde al agente aduanero hacer los trámites para retirarlo. En este caso no hay revisión fiscal, ni documental por parte de la aduana, por lo que en ese momento entra al departamento de Fiscalización de la DEI, que tiene cuatro años para revisar las declaraciones de esas mercancías.
Si se encuentra alguna responsabilidad, “claro, se sigue el procedimiento administrativo, tal como lo dice la ley. Primero se hace la resolución de notificar al importador, pero este tiene derecho a validar la veracidad de ese ajuste que se notifica. En caso de no encontrarse el importador se le notifica al agente aduanero que realizó la operación para que informe al importador sobre esa obligación pendiente de pago”, explicó Linda Almendárez, directora de Junta de Rentas Aduaneras de la DEI.
Agregó que muchas veces, luego de cierto plazo, ninguna de las dos partes cumple con la obligación, y como la garantía solo dura un año no pueden recuperar los impuestos, por lo que ahora se ampliará el tiempo de vigencia de la fianza.
“No es nuestra responsabilidad”
Myriam Elizabeth McCormick, tesorera de Fenaduanah, recalca que los tributos que deja de pagar el importador no son responsabilidad de los agentes aduaneros. “Somos responsables del pago de las multas y los recargos que se den por una mala clasificación; pero no podemos pagar los tributos del importador porque la mercadería no es nuestra”.
Añadió que “las autoridades aduaneras no nos están interpretando correctamente la ley. Ellos quieren interpretar de diferente forma, pero el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (Cauca) y el Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (Recauca) no establece esa disposición que ellos quieren poner ahora”, refirió.
McCormick expuso que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) “dice claramente que todo formato de fianza y garantía debe estar establecido en el Registro Público que maneja la CNBS. Y la DEI no tiene facultad de registrar el formato porque ellos no venden el seguro, sino los bancos”.
La ampliación de uno a cuatro años de la vigencia de la fianza o garantía aduanera que exige la Dirección Ejecutiva de ingresos (DEI) a los agentes operativos ha causado discrepancias entre ambos sectores.
El desacato a la nueva disposición del fisco hondureño ha provocado el bloqueo de operación a 23 agentes aduaneros en el Sistema Automatizado de Rentas Aduaneras de Honduras (Sarah) y puede afectar a otros que tienen la garantía a punto de vencer, advirtió José Raúl López, presidente de la Federación Nacional de Agentes Aduanales de Honduras (Fenaduanah).
Según las autoridades de la DEI, la medida se da para que las agencias cooperen con la recaudación de tributos.
Hay contenedores a los que les dan aprobación inmediata, es decir, que salen en canal verde. Si es así, ninguna autoridad aduanera hace registro ni interviene. Solo le corresponde al agente aduanero hacer los trámites para retirarlo. En este caso no hay revisión fiscal, ni documental por parte de la aduana, por lo que en ese momento entra al departamento de Fiscalización de la DEI, que tiene cuatro años para revisar las declaraciones de esas mercancías.
Si se encuentra alguna responsabilidad, “claro, se sigue el procedimiento administrativo, tal como lo dice la ley. Primero se hace la resolución de notificar al importador, pero este tiene derecho a validar la veracidad de ese ajuste que se notifica. En caso de no encontrarse el importador se le notifica al agente aduanero que realizó la operación para que informe al importador sobre esa obligación pendiente de pago”, explicó Linda Almendárez, directora de Junta de Rentas Aduaneras de la DEI.
Agregó que muchas veces, luego de cierto plazo, ninguna de las dos partes cumple con la obligación, y como la garantía solo dura un año no pueden recuperar los impuestos, por lo que ahora se ampliará el tiempo de vigencia de la fianza.
Imagen de la terminal de Puerto Cortés.
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Myriam Elizabeth McCormick, tesorera de Fenaduanah, recalca que los tributos que deja de pagar el importador no son responsabilidad de los agentes aduaneros. “Somos responsables del pago de las multas y los recargos que se den por una mala clasificación; pero no podemos pagar los tributos del importador porque la mercadería no es nuestra”.
Añadió que “las autoridades aduaneras no nos están interpretando correctamente la ley. Ellos quieren interpretar de diferente forma, pero el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (Cauca) y el Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (Recauca) no establece esa disposición que ellos quieren poner ahora”, refirió.
McCormick expuso que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) “dice claramente que todo formato de fianza y garantía debe estar establecido en el Registro Público que maneja la CNBS. Y la DEI no tiene facultad de registrar el formato porque ellos no venden el seguro, sino los bancos”.